Ministro de Transporte aclara que si se pueden transportar personas en las camas de los pick-up pero con un mínimo.

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Ministro Romeo Rodríguez aclara vigencia del artículo 77 sobre el transporte en pick-ups.

El Ministro de Obras Públicas, Romeo Rodríguez, reiteró que el artículo 77, inciso 13, del Reglamento de Tránsito y Seguridad Vial sigue vigente y no ha sufrido modificaciones.

El artículo establece que “En los pick-ups de uso familiar, se permitirá el transporte de personas hasta un máximo de ocho adultos y cuatro menores, siempre y cuando no se sobrepase la capacidad del vehículo. Se prohíbe que estas personas vayan sentadas en los laterales del vehículo.”

La aclaración surge ante posibles dudas sobre cambios en esta normativa, destacando que su cumplimiento es esencial para evitar accidentes y garantizar la seguridad de los usuarios en las carreteras del país.

El Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Tránsito instan a los conductores a respetar las disposiciones legales, recordando que el transporte seguro es una responsabilidad compartida.


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